ODS10: Reducción de desigualdades

ODS10: Reducción de desigualdades

 

Somos una organización que apuesta por la IGUALDAD entre todas las personas, aplicando políticas de creación de empleo dirigidas a colectivos más vulnerables y evitamos cualquier tipo discriminación laboral. Además contamos con instalaciones ACCESIBLES para personas con discapacidad y nos adaptamos a cualquier tipo de necesidad que puedan tener nuestros clientes y/o empleados.

  • ESTRATEGIA DE NEGOCIO INCLUSIVA

Adaptamos nuestro modelo de negocio a las personas, tanto a los empleados: adaptando, en la medida de lo posible, los puestos de trabajo y horarios a sus necesidades; como a los clientes: ofreciendo servicios especiales y personalizados según las particularidades que nos puedan manifestar.

Sigue los cinco pasos de la Transformación Inclusiva que nos sugieren desde COCEMFE:

     1. Priorizar la capacidad profesional por encima de la discapacidad.

     2. Eliminar barreras físicas y mentales.

     3. Colaborar con empresas de economía social.

     4. Desarrollar políticas de Responsabilidad Social Empresarial en discapacidad.

     5. Marcar la X Solidaria en el Impuesto de Sociedades.

+ RECURSOS

Guía de apoyo para convertirse en una empresa inclusiva - COCEMFE

Guía para el Diseño del Plan de Acción y Elaboración de la Memoria de RSE y Sostenibilidad - COCEMFE

Servicio de Empleo de COCEMFE para personas con discapacidad y para empresas - COCEMFE

 

  • ACCESIBILIDAD UNIVERSAL

Gijón/Xixón Turismo pone a disposición de las empresas turísticas de Gijón/Xixón el Programa de Accesibilidad Turística. El objetivo principal de este plan es la mejora de las instalaciones de los establecimientos turísticos y la sensibilización y formación del personal en atención a personas con discapacidad y necesidades diversas, incorporando servicios turísticos accesibles al destino Gijón/Xixón y buscando una oferta turística para tod@s

 + RECURSOS:

Cómo participar en el Programa de Accesibilidad Universal de Gijón Turismo.

Guía "¿Cómo hacer un alojamiento accesible?". 

Guía "¿Cómo hacer un restaurante accesible?".

 

  • PERSONAL CORRECTAMENTE FORMADO

Nuestro plan de formación debe permitir a los trabajadores adquirir nuevas competencias que aumenten sus conocimientos para la mejora de la atención a personas con discapacidad.

 + RECURSOS:

Manual de Comunicación, para mejorar la calidad de la atención de las personas con discapacidad cognitiva

Videos sobre buenas prácticas de turismo accesible en establecimientos turísticos, PREDIF.

 

  • ADOPCIÓN DE POLÍTICAS DE IGUALDAD

Puedes aplicar este tipo de políticas siguiendo los tips del ODS5: Igualdad de género

 

  • ESTABLECIMIENTO SIN GLUTEN

La enfermedad celíaca (EC) es un intolerancia permanente al gluten del trigo, cebada, centeno y probablemente avena que se presenta en individuos genéticamente predispuestos, caracterizada por una reacción inflamatoria, de base inmune, en la mucosa del intestino delgado que dificulta la absorción de macro y micronutrientes. Los establecimientos que quieran adaptar sus productos a clientes con enfermedad celiaca han de seguir rigurosos controles y normas, ya que los productos se deben ofrecer con garantías, al estar en juego su salud. Para ello existen asociaciones que prestan asistencia y controles a los establecimientos asociados, otorgando sellos que los avalen.

Además es importante recordar que las empresas de alimentación han de cumplir con la obligatoriedad de identificar de forma diferenciada y visual la presencia o posible presencia de 14 productos con alto riesgo de ocasionar alergia o intolerancia alimentaria a los consumidores.

+ RECURSOS

Federación de Asociaciones de Celiacos de España (FACE)

Asociación Celiaca del Principado de Asturias – ACEPA  

Alérgenos: información al consumidor

Alérgenos, información sobre productos. 

Modelo ficha alérgenos

Modelo menú alérgenos

 

NORMATIVA RELACIONADA

PRINCIPADO DE ASTURIAS

   + Ley 5/1995, de 6 de abril, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras (ámbito urbanístico, arquitectónico, del transporte y la comunicación).

   + Decreto 37/2003, de 22 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de la Ley del Principado de Asturias 5/1995/, de 6 de abril, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras (ámbito urbanístico, arquitectónico, del transporte y la comunicación).

   + Ley del Principado de Asturias 2/2020, de 23 de diciembre, reguladora del derecho de acceso al entorno de las personas usuarias de perros de asistencia. 

 

ESTATAL

   + Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley general de los derechos de las personas con discapacidad y se du inclusión social (establece los plazos exigibles en materia de accesibilidad).

   + Ley 26/2011, de 01 de agosto de 2011, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

   + Real Decreto 1276/2011, de 16 de septiembre, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. 

   + Ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación.

Puedes consultar más normativa de accesibilidad en nuestra web. 

 

ALÉRGENOS

Reglamento (UE) N o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n o 1924/2006 y (CE) n o 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n o 608/2004 de la Comisión

Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba la norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador, y de los envasados por los titulares del comercio al por menor

 

 

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