Apoyo a la digitalización de pymes del sector turístico, con la finalidad de promover la realización de proyectos de digitalización o innovación por parte de pymes del sector turístico, al objeto de incorporar productos o servicios altamente innovadores basados en tecnologías digitales o emergentes.
Subvención a fondo perdido.
Proyectos cuyo objetivo es la capacitación tecnológica y la incorporación de tecnologías emergentes de las pymes con el fin último de mejorar o desarrollar sus servicios, o contribuir a su transformación digital.
Por su parte, se entiende por tecnologías emergentes aquellas tecnologías estratégicas para la innovación, el desarrollo y la transformación digital de los sectores productivos de la Comunidad autónoma, de sus empresas y de la sociedad, tales como: internet de las Cosas (Iot), tecnologías 5G, procesamiento masivo de datos e información (Open/Linked/Big data), Computación en la nube, procesamiento del lenguaje natural, ciberseguridad, biometría e identidad digital, Blockchain (Cadena de Bloques), robótica, inteligencia artificial (machine learning, Deep learning, neural networks), realidad virtual y aumentada, entre otras.
Las soluciones incorporadas deberán dirigirse a la implantación efectiva del comercio electrónico, la digitalización de las relaciones tanto con las administraciones públicas como con los clientes, el desarrollo de procesos internos sin papel, la implantación de la factura electrónica, el marketing digital y las soluciones en modo servicio.
En el caso de la implantación y actualización de páginas web, las mismas deberán contar con las siguientes características técnicas:
+ Estar optimizada para SEO.
+ Tener el protocolo de transferencia de datos https.
+ Tener acceso a Internet a través de un hosting con acceso del propietario de la web al código y claves de la web.
+ Estar adaptada a todos los dispositivos móviles.
+ Disponer de fotos de calidad profesional con un tamaño optimizado para una descarga rápida.
+ Disponer de página de política de privacidad de acuerdo con la legislación vigente, links a las redes sociales de la pyme.
+ Tener instalado y configurado un cuadro de mando de analítica web (del tipo Google Analytics).
+ Cumplir con los requisitos de accesibilidad web exigibles por el Observatorio de Accesibilidad web (OAW).
+ Incorporar un enlace a la web oficial de turismo de Asturias a través de hiperenlace con el logotipo de “Asturias Paraíso natural” en lugar bien visible de la home.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
Se consideran conceptos subvencionables:
+ Gastos directos de personal de nueva contratación por obra y servicio y exclusivamente para el proyecto.
+ Colaboración externa.
+ Activos intangibles tales como licencias software, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia en fondos externos en condiciones de plena competencia.
+ Adquisición de software as a service (SAAS) e infraestructure as a service (IAAS).
+ Adquisición o adaptación de bienes de equipo necesarios para la implementación de los proyectos.
+ Costes inherentes a la preparación de actuaciones formativas, incluyendo el material docente y formativo.
+ Costes derivados de la difusión y publicidad de estas actuaciones.
+ Costes de inscripción en seminarios, conferencias, jornadas técnicas y similares por parte del personal de pymes beneficiarias, propio o contratado con cargo al proyecto.
+ Los gastos de garantía bancaria relativa al pago.
Con carácter general, las actuaciones subvencionables deberán haberse ejecutado, o en su caso, iniciarse en el ejercicio 2023.
Sólo se admitirá una solicitud por pyme. La solicitud se presentará a nombre de la Pyme y únicamente podrá incluir un Proyecto.
La cuantía de las ayudas por proyecto no podrá superar el 80% del coste total del mismo, con el límite del importe de la cuantía máxima de ayuda por proyecto fijada en 10.000 euros.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas pymes que desarrollen una actividad turística, de hostelería y/o restauración en el Principado de Asturias y estén inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado de Asturias a la fecha de la solicitud de ayuda.
Se entenderá por pymes las pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, la entidad que ejerce actividad económica, con forma jurídica de empresa y personalidad jurídica propia, que tiene una plantilla de menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
No podrán ser objeto de subvención los titulares de establecimientos turísticos que hayan sido sancionados por resolución administrativa firme, de carácter grave o muy grave en materia de turismo, y que no hayan prescrito, según los plazos establecidos en el artículo 74 de la Ley 7/2001 del Principado de Asturias, de 22 de junio, de Turismo.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 22/02/2023.
En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) se encuentra publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0350T01 en el buscador de cabecera situado en la parte superior derecha de la página.
Consejería Cultura, Política Llinguística y Turismo
Viceconsejería de Cultura
Servicio de Promoción, Desarrollo y Sostenibilidad Turística
Edificio Calatrava
C / Eduardo Herrera "Herrerita", 1ª Planta
33006 Oviedo
Tel: 985 10 55 00. Extensiones: 17416 y 17433
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