Convocadas ayudas a hostelería sin terraza y otros sectores afectados por las medidas frente a la covid 19
28/05/2021

Convocadas ayudas a hostelería sin terraza y otros sectores afectados por las medidas frente a la covid 19

 

El Ayuntamiento de Gijón/Xixón ha abierto el plazo de solicitud de ayudas económicas para algunos de los sectores afectados por cierres a causa de las medidas de prevención asumidas en el municipio para hacer frente a la crisis sanitaria.

La cuantía del crédito destinado a estas ayudas asciende a 1.200.000 euros, a financiar con cargo a la aplicación presupuestaria D10.43300.479.06 "Promoción Económica, Empleo, Turismo y Comercio Local. Desarrollo Empresarial. Ayudas Extraordinarias Plan Reactivación COVID-19)".

La información más destacada de las mismas es:

PLAZO DE SOLICITUD

Del 28 de mayo al 7 de junio

Consulta aquí las bases.

Inicia aquí el trámite (exclusivo online).

 

FINALIDAD

Compensar a las empresas y profesionales del sector hostelero, afectadas por las medidas adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria, contribuyendo a su reactivación y al mantenimiento de su actividad, así como a sectores que han tenido que suspender sus actividades desde el inicio de la pandemia o durante la mayor parte del año, habida cuenta que el municipio entró en el nivel de alerta 4 + (nivel de riesgo extremo).

 

BENEFICIARIOS

   + Profesionales de la hostelería que ejerzan su actividad en el término municipal de Gijón/Xixón y que no disponen de licencia para la instalación de terraza en la vía pública.

   + Feriantes (atracciones de feria)

   + Pequeños gimnasios o escuelas deportivas.

   + Agencias de viaje.

   + Establecimientos y locales comerciales minoristas localizados en el interior de centros y parques comerciales que dispongan de una superficie de exposición y venta al público menor 300 metros cuadrados sin puerta de acceso directo e independiente al exterior.

Consulta aquí los IAE de los sectores que se pueden beneficiar. 

 

REQUISITOS

Sólo se podrá presentar una solicitud por empresa. Los requisitos a cumplir son:

   + Ejercicio de una de siguientes actividades profesionales:

      - Hostelería, que no tengan autorizado el uso de terrazas en la calle a fecha de publicación de las presentes bases en el B.O.P.A

      - Escuelas deportivas y servicios de perfección del deporte; así como de agencias de viajes y feriantes (atracciones de feria).

      - Establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades profesionales, siempre que tengan una superficie de exposición y venta al público igual o inferior a 300 metros cuadrados, que se encuentren en centros o parques comerciales de Gijón (Los Fresnos y Mercado San Agustín) y que no tengan puerta de acceso directo e independiente al exterior.

   + Ejercicio de actividad profesional en el municipio de Gijón/Xixón.

   + Alta en alguno de los epígrafes recogidos en esta convocatoria a fecha de 14 de marzo de 2020, continuando en situación de alta a fecha de publicación de las presentes bases, aún en el supuesto de haber cesado en al actividad entre las fechas comprendidas entre el 14 de marzo de 2020 y la referida fecha de publicación en el B.O.P.A.

   + Ser una microempresa (menos de 10 trabajadores/as y volumen de facturación o balance general inferior a 2 millones de euros) o trabajador/a por cuenta propia o autónomo (RETA), en cuyo caso, en el supuesto de de tener trabajadores/as a cargo no podrán exceder de 9.

   + No estar incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impedirían ser beneficiario/a de la ayuda prevista en la presente convocatoria. A tal efecto se suscribirá la correspondiente declaración responsable incluida en el procedimiento de solicitud.

   + Tener el domicilio fiscal y el centro de trabajo en Gijón/Xixón

EXCLUSIONES

   + Trabajadores/as autónomos que sean familiares colaboradores del titular de la explotación.

   + Entidades, sociedades públicas, o entidades participadas de fondos públicos.

 

CUANTÍA

La ayuda económica a otorgar tendrá una cuantía de 700 €, que se abonará en un pago único una vez resuelta la convocatoria, por la Junta de Gobierno Local.

La concesión de la ayuda es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera otras Administraciones diferente a la municipal, entes públicos o privados.

 

SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos, a través del servicio disponible en la sede electrónica municipal.

Puedes iniciar el trámite pinchando aquí

El modelo de solicitud incluye una declaración responsable. La Administración podrá comprobar que no existe inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore en la solicitud.

Las solicitudes se resolverán en el orden de presentación, siempre que las mismas estén completas (debidamente cumplimentada, firmada y acompañada de la documentación establecida en las presentes bases).

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