La finalidad de estas ayudas es contribuir a compensar a las empresas y profesionales las pérdidas ocasionadas por las medidas restrictivas ocasionadas por la crisis sanitaria.
En concreto, la ayuda económica a otorgar es de 700 euros y se abonará en un único pago una vez resuelta la convocatoria por la Junta de Gobierno Local y mediante concesión directa en función de la fecha de solicitud completa.
+ Hostelería que no tenga autorizado el uso de terrazas en la calle a fecha de publicación de las bases.
+ Agencias de viajes, feriantes y escuelas deportivas y servicios de perfección del deporte.
+ Establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades profesionales, siempre que tengan una superficie de exposición y venta al público igual o inferior a 300 metros cuadrados, que se encuentren en centros o parques comerciales de Gijón/Xixón (Los Fresnos y Mercado San Agustín) y no tengan puerta de acceso directo e independiente al exterior.
+ Han de tener la consideración de microempresa o autónomo/a.
+ Número máximo de trabajadores en plantilla: 9.
+ Su centro de trabajo y domicilio fiscal debe estar en el municipio de Gijón/Xixón.
Dada la naturaleza de la subvención, se exime a los beneficiarios de esta ayuda del requisito de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social en base a lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, ya que está dirigida a paliar los efectos de las medidas de contención del COVID 19, que han impedido el ejercicio de las actividades que ahora son objeto de subvención.
+ Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 10 días desde la publicación de la convocatoria en el BOPA.
+ Se presentarán mediante el formulario habilitado para ello en la sede electrónica municipal. El formulario de solicitud será una declaración responsable donde la persona manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener esta ayuda, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente al reconocimiento del derecho a esta ayuda.
Accede a la sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, pinchando aquí.
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