Según la normativa vigente en el Principado de Asturias, es posible el funcionamiento de los alojamientos para dar servicio a huéspedes que deban pernoctar en la ciudad bajo determinados supuestos.
Esta apertura, deberá ir avalada con el nombramiento como "alojamiento esencial" por la Viceconsejería de Turismo del Principado de Asturias.
Desde el momento de entrada en vigor de la normativa, quedó permitida la atención y servicios a personas alojadas en establecimientos de alojamiento que se encontrasen hospedados en el momento de la adopción de la medida de suspensión temporal de la actividad, y que se hallasen hospedados de manera estable y de temporada. Es decir, las personas que ya estaban hospedadas, podían continuar alojadas.
Pero además, se recogen una serie de supuestos en las que las personas pueden precisar alojamiento fuera de su domicilio habitual:
a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Esto quiere decir que los alojamientos pueden perestar servicios a personas que se desplazan por motivos laborales, visitas a familiares o la realización de actos ante órganos jurídicos, entre otras causas. Estos motivos están contemplados además, entre las causas para entrar o salir de la comunidad autónoma, por lo que los denominados como alojamientos esenciales estan pensados precisamente para prestar servicio a las personas que puedan acceder al Principado y deban pernoctar.
Para recibir autorización como alojamiento esencial, es necesario contactar con la Viceconsejería de Turismo a través del correo electrónico turismo@asturias.org, identificando nombre del establecimiento, dirección, localidad, teléfono de contacto y número de plazas. Además, tendrán que observar las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad y la Consejería de Sanidad del Principado de Asturias tendentes a evitar el contagio del COVID-19.
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