A partir del 25 de mayo de 2018 será obligatorio el cumplimiento del Reglamento General de Proteccíón de Datos (REGLAMENTO (UE) 2016/679). Este reglamento se regula en España a través de Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La Agencia Española de Protección de Datos dispone de herramientas y guías para facilitar la implantación de requisitos y ayudarnos a saber qué medidas debemos tomar en nuestros establecimientos sobre seguridad.
Si necesitas saber qué exige la normativa y las obligaciones que debe cumplir tu empresa, te recomendamos consultar la siguiente información que encontrarás en la web de la Agencia:
+ Herramienta FACILITA: determinará si tienes un nivel de riesgo que permite o no la autoimplantación del reglamento. Además, te ayudará con las actualizaciones de documentos que debes hacer indicandote: contratos a renovar con colaboradores a los que les cedes datos, registro de actividades del que debes disponer y medidas de seguridad recomendadas en cada caso.
+ Guías: la Agencia dispone de varias guías con toda la información sobre las nuevas obligaciones y cómo implantarlas. Especialmente importante es la Guía del Reglamento General de Protección de Datos para responsables de tratamiento y la Guía Práctica de Análisis de Riesgos.
Para más información no dudes en consultar la web de la Agencia Española de Protección de Datos donde encontrarás mucha información y guías para facilitar el cumplimiento de la normativa.
Además, puedes consultar aquí la normativa:
+ Reglamento General de Proteccíón de Datos (REGLAMENTO (UE) 2016/679).
Además, puedes consultar a continuación algunos contenidos sobre protección de datos que pueden serte de utilidad en la gestión de la empresa:
+ Protección de datos y Covid 19. Consúltalo aquí.
+ Comunicado de la Agencia Española de Protección de Datos sobre a toma de temperatura en establecimientos. Consultalo aquí.
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