El Principado de Asturias, en ejercicio de la competencia para el establecimiento de normas adicionales de protección del medio ambiente, ha publicado el Decreto 40/2021, de 29 de julio, por el que se regula la organización y funcionamiento del registro de huella de carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Principado de Asturias, con los objetivos de:
+ Fomentar y visibilizar las iniciativas de medición y reducción de la huella de carbono de organismos, entidades y empresas.
+ Compensar la huella generada mediante créditos de carbono generados, principalmente, en proyectos de absorción de emisiones GEI desarrollados en la propia Comunidad Autónoma y que formarán parte del fondo de carbono regional.
El registro se estructura en tres secciones y el gobierno del Principado de Asturias ha elaborado unas guías para regular el funcionamiento y las características técnicas de cada una de ellas:
Podrán inscribirse en la Sección A del Registro, las organizaciones que cuenten con un centro de actividad ubicado en el territorio del Principado de Asturias y que calculen su huella de carbono e implementen acciones dirigidas a su reducción.
En la Sección A del Registro se inscribirán tanto las huellas de carbono como los planes de reducción de emisiones de GEI de aquellas organizaciones que soliciten su inscripción.
La inscripción deberá incluir las emisiones de gases de efecto invernadero directas, las emisiones indirectas asociadas a la generación de electricidad adquirida y consumida por la organización, así como el resto de las emisiones indirectas contempladas en los límites de informe.
La metodología y el procedimiento de cálculo de la huella de carbono y la gestión de las emisiones de las organizaciones, incluyendo los planes de reducción, se basará en la norma UNE EN ISO 14064-1.
Esta sección esta regulada por la "Guía para la inscripción de la huella de carbono y proyectos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (sección A) en el "Registro de huella de Carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Principado de Asturias ".
Puede iniciarse el trámite para este registro aquí.
Podrán inscribirse en la Sección B del Registro las organizaciones que realicen y sean titulares de proyectos de absorción de CO2 situados en el territorio del Principado de Asturias.
En la Sección B se inscribirán los proyectos de absorción de CO2 generados en el territorio de la comunidad autónoma por proyectos de recuperación, protección o gestión de ecosistemas, actividades forestales, actividades agrarias u otros proyectos de absorción de CO2 que supongan un aumento del carbono almacenado. Las absorciones anotadas constituyen el fondo de carbono regional.
Esta sección esta regulada por la "Guía para la inscripción de proyectos de absorción de dióxido de Carbono (Sección B) en el "Registro de huella de Carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Principado de Asturias".
Podrán inscribirse en la Sección C del Registro, de compromiso de compensación de huella de carbono, las organizaciones que cuenten con un centro de actividad ubicado en el territorio del Principado de Asturias, hayan calculado su huella de carbono y la hayan inscrito en la sección A del Registro y que compensen su huella con proyectos de absorción inscritos en la sección B del mismo.
Esta sección esta regulada por la "Guía para la inscripción de compromisos de compensación de huella de carbono (Sección C) en el "Registro de huella de Carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Principado de Asturias".
Puede iniciarse el trámite para este registro aquí.
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