Inicio de actividad

Inicio de actividad

 

Toda la información se puede consultar en la Resolución. Modificación de la Instrucción 1/2017 aprobada por Resolución de Alcaldía de 21 de mayo de 2019, por la que se establecen los criterios a los que ha de ajustarse la tramitación de expedientes de obras y actividades en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

 

TIPO DE SOLICITUD

Existen tres tipos de solicitudes o procedimientos:

   + Licencia Municipal de Apertura: 

Este procedimiento es necesario cuando una vez ejecutadas las obras e instalaciones para el ejercicio de una determinada actividad, se pretenda la puesta en marcha de dicha actividad.

 

   + Declaración Responsable

Este tipo de solicitud es para actuaciones de reducido impacto urbanístico y escasa entidad técnica para las cuales es suficiente un control posterior que determine su adecuación a la normativa aplicable y el ejercicio de actividades, de conformidad con los artículos 84 bis y 84 ter de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. 

Es un documento en el que los interesados manifiestan, bajo su responsabilidad, que:

- Cumplen con los requisitos exigidos por la Instrucción de tramitación de obras y actividades y el resto de la normativa vigente para ejercer la actividad. 

- Disponen de la documentación exigida que acredita el cumplimiento de esa normativa.

- Se comprometen a mantener su cumplimiento durante el tiempo que ejerzan la actividad que declaran. 

 

   + Comunicación Previa

Es aquel documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento del Ayuntamiento sus datos identificativos, ubicación física del inmueble o de la actividad, y los demás requisitos que sean exigibles para el ejercicio de un derecho. 

Al igual que la declaración responsable, se debe usar en actuaciones de reducido impacto urbanístico y escasa entidad técnica, en concreto, será el procedimiento a seguir en estos casos: 

1. Cambio de titularidad de una licencia.

2. Cambio de titular de una actividad, siempre que se mantengan las mismas condiciones que la licencia inicial. Si se renuncia a alguna de las condiciones establecidas, se expedirá nueva licencia adaptada a la nueva situación.

3. Cambio de denominación social de la entidad titular de la licencia.

4. Desistimiento de licencia antes de iniciar las obras.

5. Prórroga de licencia/declaración responsable para inicio de las obras.

6. Prórroga de licencia/declaración responsable para terminación de las obras.

7. Paralización o interrupción y reanudación de las actuaciones de construcción, edificación y uso del suelo.

8. Cambio de dirección facultativa.

9. Inicio de obras.