EMPRESAS TURÍSTICAS DEL PRINCIPADO
Aplica a las empresas y servicios que deben estar dadas de alta en el Registro de Empresas Turísticas del Principado de Asturias:
+ Alojamientos de turismo rural.
+ Hoteles o pensiones.
+ Viviendas vacacionales y viviendas de uso turístico.
+ Apartamentos turísticos.
+ Albergues turísticos.
+ Empresas de hostelería.
+ Agencias de viajes o centrales de reservas.
+ Empresas de turismo activo.
+ Campamentos de turismo.
+ El trámite debe realizarlo siempre el cliente o usuario o usuaria de los servicios turísticos denunciados.
+ El cliente, usuario o usuaria rellenará la hoja. Esto puede hacerlo en la sede del servicio o empresa, o puede llevarse la hoja y rellenarla en otro momento.
+ El cliente, usuario o usuaria puede solicitar factura simplificada de los servicios o productos consumidos para adjuntar a la reclamación. En este caso, siempre deberá abonar el precio de los mismos.
+ La reclamación puede realizarse de dos formas:
- Presencial, en las oficinas en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Consulta información sobre el Servicio de Atención Ciudadana del Principado de Asturias aquí.
- A través de la web del Principado de Asturias, pudiendo acceder al trámite a través de este enlace.
Si eres empresa y deseas conocer cómo funciona este trámite para tí, pincha aquí.
RESTO DE EMPRESAS PRIVADAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
+ En la empresa o servicio, en el momento que se produce la incidencia objeto de reclamación:
- Se debe solicitar al personal de establecimiento, que tiene la obligación de entregarnos la Hoja Oficial de Reclamaciones.
- En este caso, el formulario se compone de tres copias: una para el establecimiento, otra para la Administración y otra para el cliente, usuario o usuaria.
- El cliente, usuario o usuaria debe dejar siempre una copia en el establecimiento.
- El cliente, usuario o usuaria es el responsable de tramitar la reclamación,
- En la hoja pueden expresar de manera reducida su versión de los hechos tanto el cliente, usuario o usuaria como el denunciado o denunciada (persona que representa a la empresa o servicio). Es conveniente adjuntar además toda la documentación de la que se disponga (facturas, contratos, publicidad...).
- El cliente, usuario o usuaria puede solicitar factura simplificada de los servicios o productos consumidos para adjuntar a la reclamación. En este caso, siempre deberá abonar el precio de los mismos.
- El cliente, usuario o usuaria es la persona responsable de tramitar la reclamación, y por tanto deberá llevar su denuncia a las Oficinas Municipales de Información al Consumidor, en el Servicio de Consumo de la Administración del Principado de Asturias o en las oficinas de registro de cualquier otro organismo de la Administración del Principado de Asturias, de la Administración Local (ayuntamientos) o de la Administración del Estado.
+ En las Oficinas Municipales de información al Consumidor:
- Cubriendo el Formulario oficial de la Administración del Principado de Asturias.
- Acudiendo directamente a las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) donde encontrará los formularios disponibles.
+ De manera telemática en la sede electrónica del Principado de Asturias:
- También puede presentar su denuncia de forma telemática en la sede electrónica del Principado de Asturias, si dispone de un certificado digital o DNI electrónico.
Más información aquí.
Si eres empresa y deseas conocer cómo funciona este trámite para tí, pincha aquí.
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