No obstante la anterior limitación, se podrá entrar y salir del ámbito territorial delimitado por las siguientes razones:
1.º) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
2.º) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales.
3.º) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
4.º) Retorno al lugar de residencia habitual.
5.º) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
6.º) Para desplazarse a entidades financieras y de seguros.
7.º) Para realizar actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
8.º) Para realizar renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
9.º) Para realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
10.º) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
11.º) Entrenamientos y competiciones en actividad deportiva federada.
12.º) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
El galardón se entregará en Madrid en la próxima edición de FITUR, el 23 de enero de 2025.
36 comercios de la Zona de Gran Afluencia Turística reciben el diploma tras participar en cursos de formación en inglés y francés orientados a la atención al cliente
Con la colaboración de Cocemfe, Gijón/Xixón actualiza y amplía los itinerarios que permiten a las personas con movilidad reducida descubrir los espacios, museos y monumentos más destacados de la ciudad asturiana.
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