Derechos de propiedad audiovisual

Derechos de propiedad audiovisual

En los meses de marzo de 2022 y abril 2023 entraron en vigor las resoluciones que obligan al pago de tarifas definidas por derechos de propiedad audiovisual a empresas turísticas como alojamientos o establecimientos de hostelería.

Estas tarifas se regulan en función del tipo de establecimiento, especificando y diferenciando la resolución según sean alojamientos, establecimientos públicos como bares, cafeterías,… también se dividen según se emitan solo contenidos en abierto o televisión de pago.

Se entiende por acto de comunicación pública la difusión de las obras y grabaciones audiovisuales contenidas en emisiones, transmisiones y retransmisiones de radiodifusión efectuada en los espacios comunes de los establecimientos de cualquier tipo y/o naturaleza abiertos al público.

El canon se debe abonar a EGEDA - Sociedad de Servicios para los Productores Audiovisuales.

Es posible consultar las tarifas de aplicación en el siguiente documento:  

  • NORMATIVA

Normativa base:

    o  Texto refundido de la ley de propiedad intelectual Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

Resoluciones específicas de procedimiento y tarifas gestionadas por EGEDA:

   o En establecimientos de restauración

   o En establecimiento de hospedaje

      + Declaración responsable 

 Más información: Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA)