La regulación del consumo de tabaco y asimilados se encuentra definida en Acuerdo de 4 de marzo de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas especiales de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el territorio del Principado de Asturias.
El documento regula el consumo de la siguiente forma:
+ No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros.
+ Esta norma es de aplicación para el uso de cualquier dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.
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